May 24

Ley 20: Con beneficios para exportar tus productos y servicios

May 24, 2016
  • Compartir:
  • Share with LinkedIn
Ley 20: Con beneficios para exportar tus productos y servicios La economía en Puerto Rico sigue contrayéndose. Esta realidad motiva a algunos dueños de negocios a mudar sus compañías fuera del país con la meta de conquistar nuevos mercados. Sin embargo, muchos dueños de negocio desconocen que bajo la Ley 20 hay beneficios para el empresario local, específicamente para fomentar la exportación de servicios, y que pagarían una tasa contributiva de 4%, aplicable a los ingresos por exportación de productos o servicios. De no acogerse al decreto, la tasa máxima para una corporación regular es de 39%. “La realidad es que la Ley 20 ayudará a mucha gente que piensa: ‘pues me voy de Puerto Rico’. Y es que podrían quedarse y manejar sus negocios desde aquí. El ahorro contributivo los ayudará a comenzar a exportar sus bienes y servicios”, comentó el licenciado Edgar Ríos Méndez, socio contributivo de la firma Pietrantoni, Méndez & Álvarez. Detalló además que quienes establecen sus negocios en Estados Unidos deben pagar una tasa de contribución individual máxima federal de 39.6%. Por eso la Ley 20, con una tasa contributiva tan baja, sí es una alternativa favorable para los dueños de negocios locales y extranjeros. Además, quienes se acogen a la Ley podrían tener 90% de exención de contribución sobre la propiedad mueble e inmueble y un 60% de exención en el impuesto municipal. Una ley con “los de aquí” en mente Ríos Méndez aceptó que son pocos los negocios locales que han solicitado el decreto bajo la Ley 20. Explicó que muchos dueños de negocios creen que esto se desarrolló solo para reducir la tasa contributiva de los extranjeros que relocalizan sus operaciones en Puerto Rico. De hecho, cuenta con un puñado de clientes de aquí que se benefician del decreto versus un centenar de extranjeros. Del primer grupo, destacó el éxito de un negocio puertorriqueño quien desde la Isla provee consultoría de recursos humanos a clientes en Latinoamérica. Servicios elegibles para exportación “Cualquier negocio tiene el potencial de desarrollar un servicio en Puerto Rico para un mercado fuera de la Isla. Además, las empresas que ya tienen clientes fuera, podrían solicitar el beneficio de la Ley 20”, dijo Ríos Méndez. Si la compañía se dedica tanto a exportar como a actividades que no están bajo la Ley 20, tiene que llevar dos libros de contabilidad: uno para las ventas o servicios de exportación y otro para los negocios realizados solo para clientes en la Isla. Entre las actividades elegibles para exportación se incluyen:
  • Consultoría de cualquier tipo; por ejemplo: recursos humanos, relaciones públicas y mercadeo
  • Centros de servicios compartidos
  • Centros gerenciales
  • Centros de llamadas
  • Compañías de comercio internacional (trading companies) establecidas en la Isla y que se dedican a la compra y venta de productos para su consumo fuera de Puerto Rico
  • Ventas por internet de productos para su consumo fuera del país
  Vigencia del decreto La Ley es vigente hasta el 31 de diciembre de 2020. Una vez otorgado el decreto, el negocio disfrutará de los beneficios por 20 años. O sea, si recibe el decreto el 31 de diciembre de 2016, tiene hasta el 2036 para disfrutar de los beneficios, aun cuando ocurran cambios posteriores en las leyes contributivas. Además, tiene cinco años para activarlo, es decir, para poner a funcionar el negocio de exportación. La solicitud de exención bajo la Ley 20 conlleva una inversión aproximada de $800 en costos pagados al gobierno. Una vez aprobada, el dueño de negocio firma un contrato con el Gobierno de Puerto Rico. Para más información, visita la página del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. Mínimo de empleados Las empresas que se acogen al decreto tienen un máximo de seis meses para reclutar tres empleados y hasta 18 meses para añadir dos personas a su equipo de trabajo, para un total de cinco en un periodo de dos años. Tu nicho desde aquí para el mundo La Ley 20 puede proveerte ese empujoncito para exportar tus productos y servicios a países vecinos como Islas Vírgenes, Cuba, República Dominicana y Estados Unidos o a destinos tan distantes como España. No existen limitaciones de países, inclusive desde el internet puedes efectuar infinidad de negocios.   Por otro lado, la emigración de boricuas a Estados Unidos podría ser un área de oportunidad para ti. “Busca esos productos que los puertorriqueños ya están acostumbrados a consumir. Ellos querrán adquirirlos”, recomendó Ríos Méndez.   ¡Anímate! Pondera los ahorros contributivos versus la inversión que realizarías para exportar. Recuerda consultar con tanto tu asesor financiero o legal antes de tomar cualquier decisión de negocio. Este artículo es para fines informativos solamente y no constituye un endoso ni ofrece garantía de exactitud o aplicabilidad de su contenido para ningún propósito en particular. Ni Popular ni ninguna de sus afiliadas, subsidiarias o compañías relacionadas son ni serán responsables por ningún daño especial, directo o indirecto, que resulte de la información contenida en este artículo. En caso de usted requerir cualquier tipo de asesoría deberá solicitarla al profesional competente de su preferencia.